{"id":59849,"date":"2026-02-25T22:46:59","date_gmt":"2026-02-26T04:46:59","guid":{"rendered":"https:\/\/circulorojoslp.com\/?p=59849"},"modified":"2026-02-25T22:46:59","modified_gmt":"2026-02-26T04:46:59","slug":"aprobada-reforma-a-codigo-civil-en-materia-de-adopciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/circulorojoslp.com\/?p=59849","title":{"rendered":"Aprobada reforma a C\u00f3digo Civil en materia de adopciones."},"content":{"rendered":"<p>Por unanimidad, las y los diputados integrantes de la Comisi\u00f3n Segunda de Justicia del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma el art\u00edculo 1448 del C\u00f3digo Civil del Estado de San Luis Potos\u00ed, para establecer que el adoptado tenga los mismos derechos y obligaciones que tiene un hijo consangu\u00edneo para con la persona o personas que lo adopten.<br \/>\n\u00a0<br \/>\nLa presidenta de la comisi\u00f3n legislativa diputada Jessica Gabriela L\u00f3pez Torres dijo que la iniciativa fue presentada por la diputada Jacquelinn J\u00e1uregui Mendoza con la adhesi\u00f3n de varios legisladores, ya que en el texto vigente se habla de los derechos del adoptado, pero hab\u00eda una situaci\u00f3n muy particular porque este art\u00edculo manejaba la adopci\u00f3n simple y la adopci\u00f3n plena.<br \/>\n\u00a0<br \/>\n\u201cHoy, en la sociedad, no utilizamos la figura de la adopci\u00f3n simple, sino hay una adopci\u00f3n plena desde el primer momento en que se adopta. En este sentido, este texto era obsoleto, manejaba un t\u00e9rmino que no se utiliza y que no est\u00e1 vigente; este art\u00edculo lo pudimos haber derogado, sin embargo, buscamos que en el C\u00f3digo Civil exista por escrito que el adoptado tendr\u00e1 los mismos derechos y obligaciones que tiene un hijo consangu\u00edneo para con la persona o personas que lo adopten, es decir, vamos a adquirir lo mismo que si fuera un hijo natural a trav\u00e9s de la adopci\u00f3n\u201d.<br \/>\n\u00a0<br \/>\nLa legisladora L\u00f3pez Torres a\u00f1adi\u00f3 que \u201ces muy importante dejarlo en la ley, para cuidar el inter\u00e9s superior del menor en una etapa de menor\u00eda de edad, pero es tambi\u00e9n cuidar los derechos en general de los adoptados y tambi\u00e9n de los adoptantes. Es una relaci\u00f3n de doble reciprocidad\u201d.<br \/>\n\u00a0<br \/>\nManifest\u00f3 que en el C\u00f3digo Civil y Familiar \u201chemos encontrado t\u00e9rminos bastante obsoletos, que quedan muy arcaicos y estaremos trabajando justo en esas iniciativas para reforzar el lenguaje inclusivo pero tambi\u00e9n este tipo de adecuaciones que son necesarias. Los C\u00f3digos tienen m\u00e1s de 15 a\u00f1os que fueron elaborados, deben cambiar siempre respetando los derechos y la esencia del derecho, pero con un lenguaje, que el d\u00eda de hoy sea vigente\u201d.<br \/>\n\u00a0<br \/>\nEl dictamen establece que la iniciativa en estudio, garantiza el inter\u00e9s superior de qui\u00e9n es adoptado, en el mismo sentido a lo que dispone el C\u00f3digo Civil Federal, que establece que el que adopta tendr\u00e1 respecto de la persona y bienes del adoptado, los mismos derechos y obligaciones que tienen los padres respecto de la persona y bienes de los hijos; lo que implica que al ser la adopci\u00f3n irrevocable, le confiere al adoptado una filiaci\u00f3n sustituyente a la de su origen, extingui\u00e9ndose el parentesco con sus integrantes y dem\u00e1s efectos jur\u00eddicos, excepto los impedimentos matrimoniales; adquiriendo los mismos derechos y obligaciones del parentesco consangu\u00edneo en la familia de quien lo adopta.<br \/>\n\u00a0<br \/>\nLas personas adoptadas tienen derecho a conocer su origen biol\u00f3gico, su identidad y su historia personal, que es reconocido internacionalmente. La adopci\u00f3n plena equipara al adoptado con los hijos consangu\u00edneos, garantizando los mismos derechos sucesorios, de alimentos, apellido y protecci\u00f3n, bajo el principio de inter\u00e9s superior del menor.<br \/>\n\u00a0<br \/>\nEl objetivo del Decreto es armonizar la normativa vigente con el C\u00f3digo Civil Federal. En ese sentido, y para garantizar el inter\u00e9s superior de qui\u00e9n es adoptado, se establece que el que adopta tendr\u00e1 respecto de la persona y bienes del adoptado, los mismos derechos y obligaciones que tienen los padres respecto de la persona y bienes de los hijos; lo que implica que al ser la adopci\u00f3n irrevocable, le confiere al adoptado una filiaci\u00f3n sustituyente a la de su origen, extingui\u00e9ndose el parentesco con sus integrantes y dem\u00e1s efectos jur\u00eddicos, excepto los impedimentos matrimoniales; adquiriendo los mismos derechos y obligaciones del parentesco consangu\u00edneo en la familia de quien lo adopta.<br \/>\n\u00a0<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por unanimidad, las y los diputados integrantes de la Comisi\u00f3n Segunda de Justicia del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma el art\u00edculo 1448 del C\u00f3digo Civil del Estado de San Luis Potos\u00ed, para establecer que el adoptado tenga los mismos derechos y obligaciones que tiene un hijo consangu\u00edneo para con la persona o [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":8,"featured_media":59850,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[53],"tags":[],"class_list":["post-59849","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-congreso"],"jetpack-related-posts":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/59849"}],"collection":[{"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/8"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=59849"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/59849\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/59850"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=59849"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=59849"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=59849"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}