{"id":42222,"date":"2024-07-04T18:00:51","date_gmt":"2024-07-05T00:00:51","guid":{"rendered":"https:\/\/ultimahoraslp.com\/?p=42222"},"modified":"2024-07-04T18:00:51","modified_gmt":"2024-07-05T00:00:51","slug":"se-presentan-iniciativas-en-materia-de-regulacion-de-figura-de-indulto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/circulorojoslp.com\/?p=42222","title":{"rendered":"Se presentan iniciativas en materia de regulaci\u00f3n de figura de indulto."},"content":{"rendered":"<p>En sesi\u00f3n de la Diputaci\u00f3n Permanente, se turnaron a las comisiones legislativas dos iniciativas que proponen modificaciones constitucionales, en materia de regulaci\u00f3n de la figura del indulto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El diputado Juan Francisco Aguilar Hern\u00e1ndez, present\u00f3 una iniciativa que insta expedir la Ley Reglamentaria de la Fracci\u00f3n XLV del art\u00edculo 57 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de San Luis Potos\u00ed, para establecer los criterios y procedimientos para que el Poder Legislativo pueda otorgar el indulto necesario y por gracia a las personas sentenciadas por delitos del fuero com\u00fan que re\u00fanan los requisitos y que por sentencia ejecutoriada se encuentren a disposici\u00f3n del Juez de Ejecuci\u00f3n del Poder Judicial del Estado de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Esta iniciativa busca establecer criterios claros y transparentes para la concesi\u00f3n del indulto, asegurando que se aplique de manera justa y equitativa; garantizar que el indulto se utilice como un recurso excepcional y bajo estrictos est\u00e1ndares de legalidad y respeto a los derechos humanos; contribuir a la reconciliaci\u00f3n nacional, promoviendo siempre una cultura de justicia restaurativa y reinserci\u00f3n social.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Entre los requisitos para el indulto por gracia, se encuentran el cumplimiento de una parte de su condena, que la conducta observada durante la prisi\u00f3n sea una base para inferir sobre la reinserci\u00f3n a la sociedad del sentenciado indultado; cuando por tratarse de personas ind\u00edgenas existan violaciones graves a sus derechos humanos; por discriminaci\u00f3n por su pertenencia a alg\u00fan grupo, etnia y diversidad cultural; o por padecer alguna enfermedad en fase terminal, entre otros.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso del indulto necesario, se otorgar\u00eda para cualquier delito, previo dictamen en el que se demuestre que el sentenciado no representa un peligro para la tranquilidad y seguridad p\u00fablica, o existan indicios de violaciones graves a los derechos humanos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>O trat\u00e1ndose de alg\u00fan integrante de las comunidades ind\u00edgenas y una vez que la revisi\u00f3n de oficio al procedimiento penal por el cual fue sentenciado, se adviertan violaciones de fondo en el procedimiento penal, al no haberse observado los derechos de los pueblos ind\u00edgenas en cuanto a usos y costumbres.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se indica que el indulto que otorgue el Poder Legislativo no comprende las penas de reparaci\u00f3n del da\u00f1o, inhabilitaci\u00f3n o suspensi\u00f3n para el ejercicio de una profesi\u00f3n, decomiso de instrumentos relacionados con los delitos, ni los efectos de reincidencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por otra parte, el diputado Alejandro Leal Tov\u00edas present\u00f3 una iniciativa que busca derogar la fracci\u00f3n XLV del art\u00edculo 57; y adicionar una segunda parte de la fracci\u00f3n XXII del art\u00edculo 80 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de San Luis Potos\u00ed, con el objetivo de retirar la facultad del Poder Legislativo para otorgar amnist\u00eda e indulto, y entregar esa facultad al Gobernador del Estado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con esta modificaci\u00f3n, se deroga del art\u00edculo 57 dicha facultad del Poder Legislativo, y se reforma el art\u00edculo 80, fracci\u00f3n XXII\u00a0 para establecer entre las atribuciones del Gobernador del Estado, el determinar el lugar y establecimiento donde los sentenciados deban compurgar las penas de prisi\u00f3n impuestas por los jueces o tribunales; as\u00ed como conceder amnist\u00eda e indultos por delitos del orden com\u00fan, conforme a la Ley reglamentaria que para tal efecto se expida.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En su exposici\u00f3n de motivos, el legislador indica que el Poder Ejecutivo puede actuar con mayor rapidez y flexibilidad que los poderes Legislativo y Judicial, en situaciones de emergencia, como crisis humanitarias o de salud, donde el Ejecutivo puede conceder indultos r\u00e1pidamente para aliviar las condiciones de ciertos grupos de condenados, algo que ser\u00eda m\u00e1s dif\u00edcil y lento a trav\u00e9s de procedimientos judiciales o legislativos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La responsabilidad de conceder indultos en el Ejecutivo facilita la rendici\u00f3n de cuentas y el control por parte de la sociedad y otras instituciones, como los medios de comunicaci\u00f3n y las organizaciones de la sociedad civil; adem\u00e1s, puede enfocarse en aspectos humanitarios y de justicia en cada caso individual, permitiendo una evaluaci\u00f3n m\u00e1s profunda y compasiva de las circunstancias personales del condenado, crucial en casos de enfermedad terminal o errores judiciales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ambas iniciativas fueron turnadas para su an\u00e1lisis a las comisiones de Puntos Constitucionales; Justicia; y Gobernaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A las comisiones legislativas se turn\u00f3 tambi\u00e9n la correspondencia enviada por el propio Poder Legislativo; ente aut\u00f3nomo; Ayuntamientos; y particulares.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En sesi\u00f3n de la Diputaci\u00f3n Permanente, se turnaron a las comisiones legislativas dos iniciativas que proponen modificaciones constitucionales, en materia de regulaci\u00f3n de la figura del indulto. &nbsp; El diputado Juan Francisco Aguilar Hern\u00e1ndez, present\u00f3 una iniciativa que insta expedir la Ley Reglamentaria de la Fracci\u00f3n XLV del art\u00edculo 57 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":42223,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-42222","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-locales"],"jetpack-related-posts":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/42222"}],"collection":[{"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=42222"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/42222\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/42223"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=42222"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=42222"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/circulorojoslp.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=42222"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}