La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) anunció que las gasolinas Magna, Premium y el diésel no recibirán subsidios a las cuotas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) durante la semana del 28 de septiembre al 4 de octubre. Esta medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), marca el primer mes completo en que estos combustibles no gozan de estímulos fiscales.
La cuota IEPS se mantendrá en 6.17 pesos por litro para la gasolina Magna, 5.21 pesos para la Premium y 6.78 pesos para el diésel. Los precios finales del litro de gasolina varían por estación y además del IEPS, incluyen IVA, más el costo de compra del combustible (variable por el tipo de cambio), costos de logística y ganancia del vendedor, entre otros.
Esta decisión de la SHCP refleja una política de menor estímulo fiscal que ha permitido un significativo aumento en la recaudación. Entre enero y agosto de este año, la recaudación por el IEPS a las gasolinas ha aumentado en un 82% en comparación con el mismo periodo del año anterior, sumando un total de 268,878 millones de pesos frente a los 140,998 millones de pesos del año pasado.
Este aumento en la recaudación se da en un contexto donde la gasolina Premium y el diésel han recibido pocos o ningún descuento durante la mayor parte del año, mientras que los subsidios para la Magna se han reducido gradualmente hasta eliminarse completamente hace cuatro semanas.
¿Cómo funciona el IEPS?
El IEPS es un impuesto indirecto que se aplica desde hace décadas en México, cuando fue promulgado bajo la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Este impuesto tiene como objetivo principal la regulación de bienes y servicios que generan externalidades negativas, tales como el alcohol, el tabaco y los combustibles fósiles, incluyendo las gasolinas y el diésel.
Al gravar estos productos, el gobierno busca no solo aumentar la recaudación, sino también gestionar el impacto social y ambiental de su consumo.
Los productos sujetos al IEPS incluyen una amplia gama de bienes considerados de lujo o perjudiciales, como bebidas alcohólicas, tabacos labrados, bebidas energizantes y alimentos de alto contenido calórico.
Este último grupo incluye productos como botanas, chocolates, flanes, pudines y cremas de cacahuate, que poseen una densidad calórica de 275 kilocalorías o más por cada 100 gramos.
Además, el impuesto también se aplica a ciertos servicios asociados a la venta de estos productos, incluyendo comisiones y distribución.
El IEPS también alcanza a los servicios relacionados con juegos de apuestas y sorteos, así como a los de telecomunicaciones, ampliando así su alcance más allá de los productos físicos para incluir actividades que pueden tener efectos adversos sobre la sociedad.




