Se indica que el objetivo es establecer normas que garanticen una competencia equitativa en materia de hospedaje, entre quienes obtienen ganancias al ofrecer sus inmuebles para alojamiento a través de estas plataformas, y quienes lo hacen a través de hoteles, moteles, hostales y negocios con toda la regulación a la que se encuentran sujetos, evitando con ello prácticas irregulares y competencia desleal entre quienes ofrecen servicios de hospedaje en el sector turístico.
La iniciativa propone establecer un Registro de Prestadores de Servicios de Hospedaje a través de plataformas, que será regulado por la Secretaría de Turismo del Estado, para personas físicas o morales propietarias de inmuebles que se arrendan con fines de alojamiento u hospedaje a través de plataformas, y aplicaciones digitales o por anuncios directos en medios de comunicación.
El referido Registro deberá contener: nombre y RFC del propietario; documento con el que se acredita la propiedad del inmueble; domicilio en que se ubica; número de habitaciones y servicios con que cuenta la vivienda; plataforma o medio en el que se anuncia; en su caso, las condiciones a que está sujeto el inmueble en caso de pertenecer a un régimen de condominios; autorización de la Dirección Protección Civil; y reglas mínimas de uso del inmueble que deberá acatar el arrendatario.
Las casas y departamentos que se anuncien en la plataforma y estén sujetos a régimen condominal, deberán indicar en la publicidad del inmueble, las condiciones y restricciones a que se encuentra sujeto el inmueble, tales como horas en las que no se permiten ruidos fuertes, admisión o no de mascotas, protocolos de entrada y salida, reglas para uso de áreas comunes, entre otras, mismas que deberán ser aceptadas expresamente por el arrendador.




